Al iniciar una relación laboral, tanto el empleador como el trabajador acuerdan las condiciones de trabajo y las consecuencias en caso de que alguna de las partes no cumpla con lo pactado.

Además del contrato de trabajo, la Ley Federal del Trabajo contempla un Reglamento Interior de Trabajo. Este reglamento establece reglas obligatorias tanto para los empleados como para el empleador dentro de una empresa o establecimiento.

Para que el reglamento sea válido, debe ser presentado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Este documento incluye los derechos y obligaciones de ambas partes, como horarios, días de pago, normas de seguridad, permisos, sanciones y medidas disciplinarias en caso de incumplimiento, que pueden variar desde la suspensión hasta la rescisión del contrato de trabajo.

Si el trabajador incumple alguna de sus obligaciones contractuales o las estipuladas en el reglamento, o si comete alguna de las faltas graves previstas en la Ley Federal del Trabajo, el empleador puede poner fin a la relación laboral de manera justificada y sin tener que pagar indemnización. Para hacerlo, debe notificar al trabajador mediante un aviso de rescisión, detallando la causa y la fecha en que se cometió la falta. Este aviso debe ser entregado personalmente o a través de los tribunales correspondientes.

Por otro lado, si el trabajador no ha incumplido sus obligaciones ni ha incurrido en alguna falta grave, y aun así el empleador decide terminar la relación laboral, el despido será considerado injustificado.

Además, la Ley Federal del Trabajo establece que si el empleador despide a un trabajador sin proporcionarle el aviso de rescisión, el despido será automáticamente considerado injustificado.

Un despido injustificado ocurre cuando el empleador decide unilateralmente terminar la relación laboral sin una razón válida. Las razones pueden ser diversas, desde motivos personales hasta casos de discriminación.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos protege a los trabajadores, estableciendo que no pueden ser despedidos sin justificación.

En caso de que un trabajador considere que ha sido despedido de manera injustificada, puede optar por solicitar la reinstalación en su puesto o una indemnización. El trabajador tiene la posibilidad de acudir a un centro de conciliación para intentar llegar a un acuerdo con el empleador. Si no logran conciliar, el trabajador puede acudir a los tribunales laborales para pedir su reinstalación o el pago de una indemnización equivalente a tres meses de salario.

El tribunal, tras evaluar las pruebas y la legislación aplicable, determinará si el despido fue injustificado y decidirá si el trabajador debe ser reinstalado o indemnizado, según lo que este haya solicitado.

Este es un panorama general sobre el despido injustificado. Si eres trabajador o empleador y necesitas más información, puedes consultar preguntas frecuentes relacionadas con este tema.

Acción de Reinstalación

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 123, apartado A, fracción XXII, otorga al trabajador el derecho de solicitar su reinstalación en caso de despido injustificado.

Cuando un empleador despide de manera injustificada a un trabajador, este puede optar por acudir ante la Autoridad Conciliadora o, si no se logra un acuerdo, presentar su caso ante el Tribunal para pedir ser reinstalado en su puesto anterior.

El trabajador dispone de un plazo de dos meses para solicitar la conciliación ante el centro de conciliación correspondiente, salvo excepciones previstas en la ley.

En dicho centro se llevará a cabo un proceso de conciliación prejudicial entre el trabajador y el empleador. Si ambas partes no logran llegar a un acuerdo, la autoridad conciliadora emitirá una constancia que acredita que esta etapa fue agotada. A partir de ese momento, el trabajador tendrá la opción de acudir a los tribunales laborales para solicitar su reinstalación en el mismo puesto que tenía antes del despido, con las mismas condiciones laborales, responsabilidades y prestaciones.

Si el empleador no puede probar en juicio que el despido fue justificado, el trabajador tendrá derecho a ser reinstalado. Además, se le pagarán los salarios caídos, que se computarán desde la fecha en que fue despedido hasta un máximo de doce meses.

Indemnización

El artículo 123, apartado A, fracción XXII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga a los trabajadores la opción de recibir una indemnización equivalente a tres meses de salario en caso de despido injustificado.

Esta alternativa de indemnización es una de las opciones a las que el trabajador puede recurrir cuando ha sido despedido de manera injusta. Generalmente, el empleado elige esta vía cuando no desea ser reinstalado en su puesto, ya que es posible que no se sienta cómodo regresando a un trabajo del cual fue despedido injustificadamente.

El trabajador tiene un plazo de dos meses para presentar su solicitud de conciliación ante el centro de conciliación correspondiente, a menos que existan excepciones legales.

El procedimiento de conciliación prejudicial se llevará a cabo en el centro correspondiente, y si no se logra un acuerdo entre el trabajador y el empleador, la autoridad conciliadora expedirá una constancia que indique que se ha agotado esta fase. A partir de ese momento, el trabajador podrá acudir a los tribunales laborales para reclamar la indemnización por el despido.

Si en el juicio el empleador no puede demostrar que el despido fue justificado, el trabajador tendrá derecho a recibir el pago de tres meses de salario como indemnización. Además, independientemente de la opción elegida, el trabajador también podrá recibir los salarios caídos, calculados desde la fecha del despido hasta un máximo de doce meses.

Liquidación – Indemnización

El trabajador despedido de manera injustificada tiene derecho a recibir una indemnización que se comprende en todo México:

  • Tres meses de salario, también conocida como indemnización constitucional.
  • Prima de antigüedad.
  • Proporcional de aguinaldo.
  • Proporcional de vacaciones.
  • Proporcional de prima vacacional.

• Otras prestaciones vigentes como bonos, comisiones, fondo de ahorro, utilidades, u otros beneficios que estén estipulados en el contrato de trabajo o en las condiciones laborales con la empresa o patrón. Dado que cada caso laboral es único y las situaciones varían, se recomienda revisar cada situación particular para confirmar la aplicabilidad de lo mencionado.

En cuanto a las utilidades, si la empresa está obligada a pagarlas y el trabajador tiene derecho a recibirlas conforme a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, establecida en la Ley Federal del Trabajo, el empleado despedido injustificadamente también tendrá derecho a estas, siempre que la empresa las haya generado. Las personas morales pagarán utilidades entre el 1 de abril y el 31 de mayo, mientras que las personas físicas lo harán entre el 1 de mayo y el 30 de junio.

Otros casos

• Si el trabajador ha solicitado reinstalación y obtiene sentencia favorable, deberá ser reinstalado por el patrón.

• Si, a pesar de la sentencia favorable, el patrón se niega a reinstalar al trabajador, éste tendrá derecho a recibir un pago adicional de veinte días de salario por año trabajado, además de la indemnización constitucional de tres meses de salario.

• En caso de que el trabajador haya solicitado la indemnización y gane el juicio, el patrón deberá pagar los tres meses de salario correspondientes a la indemnización constitucional.

• Si el patrón no puede justificar la causa de rescisión del contrato en el juicio, además de la indemnización, el trabajador tendrá derecho a los salarios vencidos o “salarios caídos”, calculados desde la fecha del despido hasta un máximo de doce meses.

Indemnización constitucional

La indemnización constitucional por despido injustificado está especificada en el artículo 123, apartado A, fracción XXII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Según esta disposición, el patrón que despida a un trabajador sin justificación debe ofrecerle una indemnización equivalente a tres meses de salario.

Este monto se establece con el objetivo de permitir al trabajador subsistir y cubrir sus necesidades económicas durante un lapso que se estima adecuado para que encuentre un nuevo empleo o inicie alguna actividad laboral. Adicionalmente, esta indemnización también actúa como una penalización hacia el empleador por haber separado de manera injustificada al trabajador de su puesto.

Cabe destacar que las situaciones relacionadas con la extinción de relaciones laborales según la Ley Federal del Trabajo son múltiples y su aplicación en la práctica puede variar, generando diferentes consecuencias legales. Lo expuesto aquí tiene un propósito meramente informativo y no debe ser interpretado como asesoría legal.

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