El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó el Programa de Regularización Fiscal 2026, una nueva edición del esquema de condonación que representa una muy buena oportunidad para todos aquellos contribuyentes que buscan ponerse al corriente con sus obligaciones fiscales con el fin de evitarse multas.
Por medio de esta propuesta, tanto personas físicas como morales podrán tener acceso a un beneficio que condona el 100% de recargos, multas y gastos de ejecución vinculados a contribuciones omitidas, y el 90% en el caso de multas por incumplimiento de obligaciones formales (es decir, multas que no derivan de un pago), siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.
Este programa busca que todos puedan continuar de manera regular con el cumplimiento de las obligaciones tributarias, fomentando una cultura de legalidad y responsabilidad fiscal. La condonación 2026 está dirigida a personas físicas y morales cuyos ingresos totales durante el ejercicio fiscal 2024 no hayan excedido los 300 millones de pesos, un umbral mucho más amplio que el de ediciones anteriores del programa, que abarca prácticamente a la totalidad de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como a profesionales independientes y trabajadores por cuenta propia. Dado que el monto puede ajustarse en futuras publicaciones de la Ley de Ingresos de la Federación, conviene confirmar la cifra vigente directamente en el minisitio oficial del SAT.

¿Qué adeudos fiscales entran en esta regularización?
El beneficio aplica a adeudos generados hasta el ejercicio fiscal 2024 o anteriores, y que hayan sido determinados por el SAT o por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM). Estos adeudos pueden estar relacionados con:
- Recargos y gastos de ejecución generados por contribuciones federales propias, retenidas, trasladadas o cuotas compensatorias.
- Multas fiscales, aduaneras o de comercio exterior, incluso aquellas que no estén directamente relacionadas con el incumplimiento de pago.
- Multas agravadas, siempre que estén vinculadas con contribuciones federales omitidas o cuotas compensatorias.
Una de las ventajas más destacadas de este programa es que los contribuyentes no necesitan interponer recursos legales ni impugnar resoluciones previas para acogerse al beneficio. Además, una vez que la autoridad fiscal responde a la solicitud, esta resolución será definitiva y no se podrá impugnar, lo que da certeza jurídica a quienes participen.
Requisitos para acceder al programa de condonación del SAT 2026
El programa está diseñado para brindar apoyo a quienes realmente lo necesitan y no han tenido oportunidades similares en el pasado. Por ello, se establecieron algunos criterios que los interesados deben cumplir:
- No haber sido beneficiarios de programas de condonación generalizada en los años 2000, 2007 o 2013, ni haber recibido el estímulo fiscal de la edición 2025 del programa.
- Que sus ingresos totales del ejercicio fiscal 2024 no superen los 300 millones de pesos.
- No haber sido sentenciados por delitos fiscales mediante sentencia firme.
- No estar incluidos en los listados del artículo 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación, que identifican a empresas fantasma y operaciones inexistentes.
Escenarios en los que puedes regularizarte
El SAT ha contemplado distintos escenarios donde los contribuyentes pueden beneficiarse de este programa, dependiendo de su situación fiscal particular:
A) Contribuciones no determinadas por la autoridad
En este caso, los contribuyentes aún no han sido fiscalizados ni se les ha determinado un crédito fiscal. Para regularizarse, deben:
- Presentar las declaraciones omitidas.
- Solicitar la línea de captura correspondiente (FCF) mediante “Mi portal” en el sitio del SAT.
- Incluir en la solicitud los datos específicos: tipo de contribución, ejercicio fiscal, periodo y monto.
- Realizar el pago en una sola exhibición.
- Acreditar el pago en la declaración respectiva.
B) Sujetos a facultades de comprobación
Si el contribuyente ya está siendo auditado o fiscalizado por la autoridad, puede aplicar a este programa si se autocorrige dentro del plazo otorgado. Es decir, debe:
- Realizar el pago correspondiente derivado de la revisión.
- Presentar su solicitud para acogerse al estímulo.
C) Créditos fiscales en parcialidades
Si actualmente estás pagando un crédito fiscal a plazos y al 1 de enero de 2026 aún hay un saldo pendiente, puedes beneficiarte de la condonación si:
- Pagas el monto actualizado en una sola exhibición.
- Presentas la solicitud en línea a través de “Mi portal”.
- Realizas el pago dentro de los 30 días naturales posteriores a la emisión del formato de pago.
D) Créditos fiscales firmes (en litigio)
Cuando el adeudo se encuentra en proceso de litigio, el contribuyente deberá:
- Desistirse formalmente del medio de defensa.
- Presentar la solicitud en línea.
- Pagar el monto actualizado determinado por la autoridad dentro del plazo establecido.
- También es posible optar por el pago en seis parcialidades.
Montos y fechas del programa SAT 2026
El estímulo fiscal de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026 entró en vigor el 1 de enero de 2026 y ofrece grandes ventajas para los contribuyentes responsables:
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Condonación por contribuciones omitidas | 100% de recargos, multas y gastos de ejecución |
| Condonación por obligaciones formales | 90% de la multa correspondiente |
| Ingresos máximos (ejercicio 2024) | $300,000,000 pesos |
| Adeudos que cubre | Ejercicio fiscal 2024 y anteriores |
| Plazo para solicitar (créditos firmes) | A más tardar el 31 de octubre de 2026 |
| Plazo de pago en una sola exhibición | A más tardar el 31 de diciembre de 2026 |
| Forma de pago | Efectivo, en instituciones autorizadas por la Tesorería de la Federación (TESOFE) |
Características adicionales del estímulo:
- No se considera ingreso acumulable: Esto significa que el beneficio no afecta el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
- No genera derechos a devolución: Aunque se trate de un beneficio fiscal, no se puede solicitar devolución, acreditamiento o compensación por este pago.
- Solicitud en línea: Toda solicitud debe hacerse a través del apartado “Servicios por internet” en “Mi portal” del SAT, seleccionando la opción “ESTIMULO FISCAL LIF 2026”. Si la opción no aparece habilitada en “Declaraciones y pagos”, puedes solicitar la línea de captura mediante un caso de aclaración en “Mi portal”, apartado “Servicios por Internet”, pestaña “Trámite”, opción “APLICACIÓN ESTIMULO LIF DYP”.
Como los plazos exactos pueden ajustarse durante el año, confirma las fechas vigentes en el minisitio oficial del SAT antes de iniciar tu trámite.
¿Por qué aprovechar esta oportunidad?
Este programa representa una oportunidad única para miles de contribuyentes que, por diversas razones, han acumulado adeudos con el fisco. Ya sea por desconocimiento, falta de recursos o simplemente por descuido, muchas personas físicas y empresas arrastran deudas fiscales que, con el paso del tiempo, se vuelven más difíciles de pagar debido a los recargos y sanciones.
Al ofrecer la condonación total de estos cargos adicionales, el SAT busca no solo recaudar impuestos de manera más efectiva, sino también apoyar la economía nacional, permitiendo que los contribuyentes regularicen su situación sin verse asfixiados por montos impagables.
Este esquema puede ser especialmente útil para negocios pequeños que han pasado por momentos complicados durante los últimos años. Regularizarse les permitirá acceder a créditos, programas de apoyo gubernamentales, y participar en licitaciones públicas, todo ello con un historial fiscal limpio.
Recomendaciones para aprovechar el programa SAT 2026
- Revisa tu situación fiscal: Entra a tu perfil en el portal del SAT y verifica si tienes adeudos registrados, créditos fiscales en trámite o si tus declaraciones están al día.
- Consulta con un contador: Antes de iniciar el trámite, es recomendable hablar con un profesional para asegurarte de cumplir con todos los requisitos y no cometer errores en la solicitud.
- No dejes pasar el tiempo: Aunque no se ha dado una fecha de cierre definitiva, lo ideal es no postergar el trámite para evitar contratiempos.
- Guarda toda la documentación: Al realizar el pago, guarda el comprobante, la línea de captura y cualquier comunicación con el SAT, ya que podrías necesitarlos para futuros trámites.
- Evita caer en manos de gestores falsos: Realiza todos los trámites directamente en el sitio oficial del SAT y desconfía de quien prometa “resolver tu situación fiscal” sin seguir los canales legales.
¿Qué pasa si no aprovechas este programa?
No aprovechar esta oportunidad puede significar perder la posibilidad de reducir a cero los recargos y multas acumuladas, lo que incrementará significativamente la deuda original. Además, el SAT podría iniciar procedimientos de ejecución, embargos o restricciones fiscales que afecten tu actividad económica.
Por otro lado, quienes no se regularicen seguirán apareciendo en los registros de morosidad fiscal, lo que puede dificultar operaciones con clientes, proveedores e instituciones financieras. Para gestionar el resto de tus trámites fiscales (constancia de situación fiscal, contraseña, citas), recuerda que el portal SAT ID concentra los servicios digitales más usados por los contribuyentes.
Errores comunes al solicitar la condonación
- Confundir el ejercicio fiscal de referencia. El programa 2026 cubre adeudos de 2024 y ejercicios anteriores, no de 2025.
- No verificar el umbral de ingresos vigente. El tope de ingresos puede variar entre ediciones del programa; confírmalo siempre en el minisitio oficial del SAT antes de suponer que calificas.
- Dejar pasar la fecha límite de solicitud. Si tu crédito fiscal ya es firme, el trámite debe presentarse a más tardar el 31 de octubre de 2026.
- Pagar en parcialidades sin confirmarlo con el SAT. El beneficio exige, en la mayoría de los casos, el pago en una sola exhibición dentro del plazo señalado.
- Acudir con gestores no oficiales. El trámite se realiza únicamente en “Mi portal” del SAT; no existen intermediarios autorizados que cobren por “agilizarlo”.
- No guardar el comprobante de pago ni la línea de captura. Son indispensables para acreditar la condonación ante cualquier aclaración posterior.
Preguntas frecuentes
¿Quiénes pueden solicitar la condonación del SAT en 2026? Personas físicas y morales cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal 2024 no hayan superado los 300 millones de pesos, siempre que no estén en los supuestos de exclusión (sentencia por delitos fiscales, listas del artículo 69-B, entre otros).
¿Qué porcentaje de multas y recargos se condona? El 100% cuando se trata de recargos, multas y gastos de ejecución derivados de contribuciones omitidas, y el 90% cuando la multa corresponde a un incumplimiento de obligaciones formales.
¿Hasta qué fecha puedo solicitar el beneficio? Si tu crédito fiscal ya es firme, debes presentar tu solicitud a más tardar el 31 de octubre de 2026 y realizar el pago en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2026.
¿El programa aplica a adeudos de cualquier año? No. Solo cubre adeudos del ejercicio fiscal 2024 y anteriores.
¿Puedo solicitar la condonación si ya estoy siendo auditado? Sí, si te autocorrige dentro del plazo otorgado por la autoridad y presentas tu solicitud para acogerte al estímulo.
¿Es necesario contratar un contador para tramitarlo? No es obligatorio, pero sí recomendable, sobre todo si tienes créditos fiscales complejos o en litigio, para evitar errores en la solicitud.
¿Dónde se solicita el estímulo LIF 2026? Directamente en “Mi portal” del SAT, en el apartado “Servicios por internet”, seleccionando la opción “ESTIMULO FISCAL LIF 2026”.
¿Qué pasa si no puedo pagar en una sola exhibición? Para créditos fiscales firmes en litigio existe la opción de pagar en hasta seis parcialidades; consulta tu caso específico en el portal del SAT.
Si tienes adeudos fiscales de 2024 o años anteriores y cumples con los requisitos, acércate al portal del SAT y comienza tu trámite. Si antes de iniciar quieres confirmar que no tienes otros pendientes, revisa nuestra guía para consultar tus adeudos del SAT en línea. No solo mejorarás tu situación legal ante el fisco, también podrás impulsar tus proyectos personales o empresariales con mayor estabilidad financiera.
Consulta más detalles directamente en el sitio oficial del SAT y mantente informado a través de nuestro portal tramita.mx, donde publicamos contenido actualizado para ayudarte a realizar todos tus trámites de forma fácil, rápida y confiable.