¿Ya tienes la CURP para tus peludos? Ahora es un paso obligatorio según la Ley de Protección y Bienestar Animal.

A partir de este 1 de abril, es necesario inscribir a tus mascotas en el Registro Único de Animales de Compañía de la Ciudad de México (RUAC). Si no lo haces, podrías enfrentar una multa. Pero aquí te contamos más sobre este proceso y cuál sería el monto de la multa en caso de incumplimiento ante esta nueva situación.

El 27 de marzo se publicó un decreto en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, actualizando la Ley de Protección y Bienestar de los Animales. Este decreto establece que obtener la CURP para tus mascotas es ahora obligatorio. Si no registras a tus compañeros peludos, podrías enfrentar una multa.

CURP para mascotas

Según este decreto, el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC) o la CURP para mascotas es gratuito y debe ser completado por todos los dueños de mascotas en la capital. Esta responsabilidad recae en aquellos que adquieran o adopten un animal de compañía, según lo establecido en el artículo 4, fracción 34, Bis 1, de la Ley.

Además, este registro será utilizado para diversas campañas de vacunación, desparasitación, esterilización y para el manejo de enfermedades zoonóticas, según lo dispuesto en el decreto.

El proceso de registro será respaldado por las autoridades gubernamentales encargadas de los datos de mascotas, y se aplicará la legislación de protección de datos personales.

El decreto también establece que los animales de compañía que puedan usar collar o pechera adecuada deben llevarlo de forma permanente, según el artículo 30 Bis.

“El collar o pechera deberá tener bordado, grabado o en una placa de identificación, la información donde se precise el nombre del animal, la clave del RUAC, así como los datos de contacto de la persona tutora responsable”, advierte el artículo.

CURP para mascotas obligatoria

Para obtener la CURP de tu mascota, ahora obligatoria según el decreto de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales, simplemente necesitas dar de alta a tu mascota en el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC). Puedes hacerlo haciendo clic aquí.

Es importante decirte que el incumplimiento de este requisito puede resultar en una multa que va desde 2,279.97 pesos hasta 3,257 pesos, o incluso en un arresto administrativo de 25 a 36 horas, según lo establecido por el artículo correspondiente.

Si tu mascota se extravía y es llevada a los Centros de Atención Canina y Felina o a las Clínicas Veterinarias de las alcaldías, deberás reclamarla dentro de los cinco días hábiles siguientes y presentar la clave del RUAC para demostrar la propiedad. En caso de no contar con la CURP, podrás hacerlo mediante documentos de adopción, factura de compra, cartilla de vacunación, constancia de hechos emitida por autoridad competente o evidencia fotográfica del animal, pero será necesario inscribirlo en el RUAC de inmediato.

Es importante destacar que las autoridades pertinentes no pueden negar la inscripción de tu mascota en el RUAC ni cobrarte por obtener su CURP.

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