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Cancelar una Factura en el SAT 2026: Guía Paso a Paso

Cómo cancelar una factura SAT 2026: motivos válidos, cuándo necesitas la aceptación del receptor y el plazo límite para no tener problemas.

Cancelar una Factura en el SAT 2026: Guía Paso a Paso

Emitiste una factura con un error, el cliente canceló la compra o duplicaste un CFDI: cancelar una factura en el SAT es un trámite gratuito que puedes hacer desde el propio portal, pero tiene reglas que cambian según el monto del comprobante y si el receptor ya le dio uso fiscal. Aquí te explicamos los motivos válidos, cuándo se requiere la aceptación de tu cliente y el plazo máximo para cancelar sin que el SAT te lo impida.

Dato clave: desde la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, los CFDI con Complemento de Pago (REP) y los que incluyen Complemento de Hidrocarburos requieren aceptación expresa del receptor para cancelarse, sin importar el monto. Consulta las reglas exactas vigentes en sat.gob.mx.

¿Qué es la cancelación de CFDI?

Cancelar un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) significa dejarlo sin efectos fiscales ante el SAT: deja de ser válido para que el emisor lo declare como ingreso o para que el receptor lo use como deducción. No es lo mismo que “borrar” la factura, porque el comprobante y su historial de cancelación quedan registrados en el sistema del SAT de forma permanente. Si necesitas corregir datos de una factura ya timbrada, en la mayoría de los casos debes cancelarla y emitir una nueva con la información correcta, salvo que se trate de una simple corrección posterior mediante los mecanismos de sustitución que el propio SAT contempla.

Antes de cancelar, confirma que tienes claros los datos que exige la facturación electrónica 4.0, ya que muchas cancelaciones se originan por errores en el RFC, nombre o código postal del receptor.

¿Qué es? Motivos válidos de cancelación

El SAT solo acepta cuatro motivos de cancelación, y elegir el incorrecto es una de las causas más comunes de rechazo:

  • 01 – Comprobante emitido con errores con relación. La factura tenía un error y ya emitiste una nueva que la sustituye; debes relacionar el folio de la factura nueva.
  • 02 – Comprobante emitido con errores sin relación. Hay un error, pero no vas a emitir un comprobante que lo sustituya.
  • 03 – No se llevó a cabo la operación. La venta o el servicio se canceló y nunca se concretó.
  • 04 – Operación nominativa relacionada en una factura global. Se usa cuando un cliente pide su factura individual y esa operación ya estaba incluida en una factura global de público en general.

Requisitos para cancelar una factura

  • RFC y contraseña (CIEC) o e.firma vigente del emisor.
  • El folio fiscal (UUID) del CFDI que quieres cancelar.
  • Saber el motivo de cancelación correcto según el caso.
  • Si vas a sustituir el comprobante, tener listo el folio de la factura nueva antes de iniciar el trámite.
  • Acceso al Buzón Tributario, porque ahí es donde el receptor recibe y responde las solicitudes de cancelación.

Paso a paso para cancelar una factura en el SAT

  1. Ingresa al portal del SAT. Ve a la sección de Factura Electrónica y elige el servicio de cancelación de comprobantes, o hazlo desde tu Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) si emites tus facturas con uno.
  2. Autentícate. Usa tu RFC con Contraseña o e.firma vigente.
  3. Busca el CFDI. Localiza el comprobante por su folio fiscal (UUID), RFC o rango de fechas.
  4. Selecciona el motivo de cancelación. Elige entre las opciones 01, 02, 03 o 04 según corresponda a tu caso.
  5. Relaciona el folio sustituto (si aplica). Solo si el motivo es 01, indica el UUID de la nueva factura que sustituye a la cancelada.
  6. Envía la solicitud. El sistema determina automáticamente si requiere aceptación del receptor según el monto y tipo de comprobante.
  7. Espera la respuesta del receptor (si se requiere). Tu cliente recibe un aviso en su Buzón Tributario y tiene un plazo para aceptar o rechazar.
  8. Verifica el estatus final. Consulta si el comprobante quedó como “cancelado”, “en proceso” o “solicitud rechazada” en el mismo portal.

¿Cuándo necesitas la aceptación del receptor?

No todas las cancelaciones requieren que tu cliente responda. La regla general:

Caso¿Requiere aceptación del receptor?
CFDI de hasta $1,000 pesos (incluyendo IVA)No, se cancela de inmediato
Cancelación dentro del mismo día hábil de emisiónNo, se cancela de inmediato
Operaciones con público en generalNo, se cancela de inmediato
CFDI emitidos a residentes en el extranjeroNo, se cancela de inmediato
CFDI mayor a $1,000 pesos, fuera del día de emisiónSí, el receptor tiene un plazo para responder
CFDI con Complemento de Pago (REP)Sí, siempre, sin importar el monto
CFDI con Complemento de HidrocarburosSí, siempre, sin importar el monto

Si el receptor no responde dentro del plazo, opera la aceptación tácita en la mayoría de los casos (excepto en REP e Hidrocarburos, donde no aplica): consulta el número exacto de días hábiles y las excepciones vigentes en sat.gob.mx, ya que la regla se ha modificado en distintas versiones de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Costos y plazo límite

La cancelación de CFDI no tiene costo en el portal del SAT. Lo que sí existe es un límite de tiempo:

ConceptoDetalle
Costo del trámiteGratuito
Intentos de cancelación por el mismo CFDILimitados; tras rechazos repetidos ya no es posible solicitarla de nuevo
Plazo máximo para cancelarHasta el mes en que presentes la declaración anual del ISR del ejercicio en que se emitió el comprobante
Vía alterna si venció el plazoSolicitud a través de “aclaración” ante el SAT, sujeta a valoración de la autoridad

Si además tienes créditos fiscales pendientes por facturas mal declaradas, revisa si aplicas al programa de descuentos en multas y recargos del SAT antes de que venza la vigencia del beneficio.

Errores comunes

  • Elegir el motivo equivocado. Usar “02” cuando en realidad vas a sustituir la factura (debería ser “01”) provoca inconsistencias en tu contabilidad.
  • Olvidar relacionar el folio sustituto. Si el motivo es 01 y no indicas el UUID de la nueva factura, el SAT puede rechazar la relación entre ambos comprobantes.
  • Cancelar sin avisar al cliente. Aunque el sistema notifica automáticamente, es buena práctica avisar directamente para evitar reclamos si tu cliente ya usó la factura para deducir un gasto.
  • Dejar pasar el plazo de respuesta. Si eres el receptor y no revisas tu Buzón Tributario, puede operar la aceptación tácita y perder la factura que ya habías deducido.
  • Confundir “cancelar” con “corregir”. No puedes editar un CFDI ya timbrado; siempre se cancela y, si aplica, se emite uno nuevo.
  • Intentar cancelar fuera del plazo legal. Una vez pasado el mes de la declaración anual del ejercicio correspondiente, la cancelación directa ya no es posible.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta cancelar una factura en el SAT? Nada, es un trámite gratuito disponible en el portal del SAT o a través de tu Proveedor Autorizado de Certificación.

¿Necesito e.firma para cancelar una factura? No es obligatoria; puedes usar tu Contraseña (CIEC), aunque la e.firma también funciona y es útil para otros trámites fiscales.

¿Qué pasa si mi cliente no acepta la cancelación? Si el receptor rechaza la solicitud, el comprobante sigue vigente y no queda cancelado; puedes intentar contactarlo directamente para aclarar el motivo o iniciar un nuevo intento si aún tienes oportunidades disponibles.

¿Puedo cancelar una factura de hace varios meses? Sí, siempre que no haya vencido el plazo legal, que corre hasta el mes en que presentas la declaración anual del ISR del ejercicio en que se emitió el comprobante.

¿Las facturas con complemento de pago (REP) se cancelan igual que las demás? No; desde la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 siempre requieren aceptación expresa del receptor, sin importar el monto del comprobante.

¿Qué diferencia hay entre los motivos de cancelación 01 y 02? El motivo 01 se usa cuando vas a sustituir la factura con errores por una nueva (debes relacionar el folio); el 02 se usa cuando hay un error pero no emitirás un comprobante sustituto.

¿Cuántas veces puedo intentar cancelar el mismo CFDI? El número de intentos es limitado; después de varios rechazos consecutivos, el sistema ya no permite generar nuevas solicitudes de cancelación para ese comprobante. Verifica el número exacto vigente en sat.gob.mx.

¿Qué hago si ya pasó el plazo para cancelar directamente en el portal? Puedes presentar una aclaración ante el SAT explicando el caso, aunque la autoridad decide si procede la cancelación fuera del plazo ordinario.