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RESICO 2026: Qué Es, Quiénes Califican y Cómo Declarar

Todo sobre el RESICO 2026: qué es el Régimen Simplificado de Confianza, quiénes pueden usarlo, tasas de ISR del 1% al 2.5%, obligaciones y cómo declarar.

RESICO 2026: Qué Es, Quiénes Califican y Cómo Declarar

El RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) es el esquema fiscal del SAT para personas físicas que trabajan por cuenta propia y tienen ingresos menores a $3.5 millones de pesos al año. Ofrece tasas de ISR que van del 1% al 2.5%, muy por debajo del régimen general, a cambio de un proceso de declaración simplificado.

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¿Qué es el RESICO?

El Régimen Simplificado de Confianza entró en vigor en enero de 2022, reemplazando a varios regímenes anteriores como el RIF (Régimen de Incorporación Fiscal). Se llama “de confianza” porque el SAT confía en que el contribuyente declarará correctamente sus ingresos a cambio de tasas reducidas y menos burocracia.

Lo que lo hace diferente al régimen general:

  • Pagas ISR sobre ingresos cobrados (no facturados)
  • No necesitas deducir gastos: las tasas ya son bajas de entrada
  • El portal pre-llena tu declaración con los CFDI que emitiste
  • Declaración mensual en minutos

¿Quiénes pueden usar RESICO?

Sí puedes inscribirte si eres persona física con:

  • Actividad empresarial (tienda, taller, comercio, etc.)
  • Servicios profesionales (honorarios: médico, contador, diseñador, etc.)
  • Arrendamiento (rentas de inmuebles)
  • Autotransporte de pasajeros o carga
  • Ingresos anuales de hasta $3,500,000 MXN

No puedes usar RESICO si:

  • Tus ingresos superan $3.5 millones al año
  • Eres socio o accionista activo de una empresa (persona moral)
  • Prestas servicios a un solo cliente que representa más del 75% de tus ingresos (eso se considera relación laboral)
  • Eres integrante de una coordinadora de autotransporte con ingresos elevados

Tasas de ISR RESICO 2026

El impuesto se calcula sobre los ingresos efectivamente cobrados en el mes, no sobre lo que facturaste.

Ingresos anualesTasa ISR mensual
Hasta $300,0001.0%
$300,001 – $600,0001.1%
$600,001 – $1,000,0001.5%
$1,000,001 – $2,500,0002.0%
$2,500,001 – $3,500,0002.5%

Ejemplo: Si en mayo cobraste $50,000 pesos y tus ingresos anuales acumulados están en el rango de $300K-$600K, tu pago mensual de ISR es: $50,000 × 1.1% = $550 pesos.


Obligaciones en RESICO

Ser RESICO no significa no tener obligaciones. Esto es lo que debes cumplir:

  1. Emitir CFDI (factura electrónica) por cada ingreso que cobres — sin excepción
  2. Pagar ISR mensual a más tardar el día 17 del mes siguiente
  3. Presentar declaración anual en abril (o cuando el SAT lo indique según facilidades vigentes)
  4. Mantener tu RFC activo con domicilio y actividad actualizados
  5. No superar el límite de $3.5 millones: si lo superas en el año, debes cambiar al Régimen General de Ley

Cómo hacer el pago mensual (paso a paso)

  1. Entra a sat.gob.mx con tu RFC y contraseña o e.firma
  2. Ve a Declaraciones → Declaración provisional RESICO personas físicas
  3. El sistema pre-llena los ingresos con base en los CFDI emitidos ese mes
  4. Verifica que los ingresos cobrados coincidan (solo los que efectivamente recibiste en efectivo o transferencia)
  5. El portal calcula automáticamente la tasa y el monto a pagar
  6. Genera la línea de captura y paga en banco, OXXO o en línea

Si no emitiste CFDI en el mes, de todas formas debes presentar la declaración con ingresos en cero.


Cómo inscribirse en RESICO

Si ya tienes RFC y quieres cambiarte a RESICO:

  1. Entra a sat.gob.mx con tu contraseña o e.firma
  2. Ve a Servicios por Internet → Actualización de actividades y obligaciones
  3. En el apartado de régimen, selecciona Régimen Simplificado de Confianza
  4. Indica tu actividad económica principal
  5. Guarda y descarga tu nueva Constancia de Situación Fiscal para confirmar el cambio

Si te inscribiste al SAT después de enero de 2022 y eres persona física con actividad empresarial, es probable que el SAT ya te haya registrado en RESICO automáticamente.


Facilidades RESICO 2026

El SAT ha implementado las siguientes facilidades para contribuyentes del RESICO:

  • Sin declaración anual para quienes presentaron todas sus declaraciones mensuales en tiempo y forma y solo tienen ingresos de RESICO
  • Reincorporación simplificada para quienes salieron del régimen por incumplimiento: pueden regularizarse y volver
  • Pre-llenado automático de la declaración mensual con los CFDI registrados en el SAT, reduciendo errores de captura
  • Avisos de omisión preventivos: el SAT notifica antes de sancionar si detecta una declaración no presentada

Preguntas frecuentes

¿RESICO es obligatorio? No, es una opción fiscal. Pero si cumples los requisitos y el SAT te inscribió automáticamente, debes cumplir sus obligaciones o solicitar un cambio de régimen.

¿Tengo que guardar facturas de mis gastos? No necesitas deducir gastos en RESICO, así que no es obligatorio conservar facturas de compras para efectos fiscales. Sin embargo, es buena práctica guardar tu documentación contable.

¿Puedo facturar a empresas grandes estando en RESICO? Sí. Puedes emitir CFDI a cualquier cliente, persona física o moral. El régimen no limita a quién puedes facturar.

¿Qué pasa si supero los $3.5 millones? Debes cambiarte al Régimen General de Ley en el siguiente ejercicio fiscal. El SAT lo detecta automáticamente con tus CFDI y puede notificarte.

¿RESICO aplica para empleados con sueldo? No. Los trabajadores con sueldos y salarios están en el régimen “Sueldos y Salarios”. RESICO es solo para quienes trabajan por cuenta propia.

¿Puedo tener RESICO e ingresos por salario al mismo tiempo? Sí, puedes tener ambos regímenes activos si tienes diferentes fuentes de ingreso. Cada ingreso tributa en su régimen correspondiente.

¿Cuánto cuesta cambiarme a RESICO? El trámite de cambio de régimen en el SAT es completamente gratuito.

¿IVA también aplica en RESICO? El RESICO afecta solo el ISR. El IVA sigue las reglas generales: si tus actividades están gravadas al 16%, debes cobrar y declarar IVA normalmente.

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