El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mantiene vigente en 2026 la posibilidad de jubilarse antes de los 65 años bajo la Ley 73, mediante la pensión por Cesantía en Edad Avanzada. Esta normativa contempla dos esquemas principales: la cesantía en edad avanzada (desde los 60 años) y la pensión por Vejez (a partir de los 65).
La diferencia principal entre las dos modalidades es la edad en que se puede solicitar la pensión y, sobre todo, el porcentaje que se otorga respecto al salario promedio con el que el trabajador cotizó.
IMSS Ley 73: cómo funciona la pensión por cesantía y vejez
La Ley 73 del Seguro Social sigue aplicando en 2026 para quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. En este esquema, el monto de la pensión depende de la edad en la que se decida solicitarla.
- Cesantía en edad avanzada: se puede pedir a partir de los 60 años.
- Vejez: se otorga desde los 65 años y representa el 100% del cálculo correspondiente.
Esto significa que el trabajador tiene la posibilidad de retirarse desde los 60 años, aunque el monto a recibir será menor en comparación con esperar a la edad de vejez.
IMSS Ley 73: porcentaje de pensión si te jubilas a los 61 años
Los porcentajes oficiales que otorga el IMSS bajo la Ley 73 son los siguientes:
- 60 años: 75%
- 61 años: 80%
- 62 años: 85%
- 63 años: 90%
- 64 años: 95%
- 65 años: 100%
Por ejemplo: si a los 65 años tu pensión se calcularía en 12,000 pesos mensuales, al jubilarte a los 61 años solo recibirías 9,600 pesos. La reducción se mantiene de forma permanente, lo que implica un impacto económico a largo plazo. El salario base con el que se calcula este monto corresponde al promedio de tus últimas 250 semanas cotizadas.
Requisitos
Para poder solicitar la pensión bajo la Ley 73 en la modalidad de cesantía en edad avanzada, en 2026 necesitas:
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Edad mínima | 60 años cumplidos (cesantía) o 65 años (vejez) |
| Semanas cotizadas | Al menos 500 semanas registradas ante el IMSS |
| Baja del régimen obligatorio | Haber causado baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social |
| Sin empleo formal vigente | No contar con una relación laboral activa al momento de la solicitud |
| Cotización previa a 1997 | Haber comenzado a cotizar bajo la Ley del Seguro Social de 1973, antes del 1 de julio de 1997 |
| Vigencia de derechos | Mantener vigentes tus derechos ante el IMSS o estar dentro del periodo de conservación de derechos |
Cumplir con estos requisitos es indispensable para que el trámite sea aceptado; puedes verificar tus semanas cotizadas registradas antes de iniciar el proceso para evitar rechazos.
Documentos necesarios para la pensión
El proceso requiere que el solicitante presente documentación básica y oficial, entre la que se incluye:
- Identificación oficial vigente con fotografía.
- Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses).
- Acta de nacimiento certificada.
- Documento bancario con cuenta y CLABE a nombre del solicitante.
- En caso de tener dependientes económicos, actas o documentos que acrediten el parentesco.
Estos documentos deben entregarse en original y copia para su validación.
Paso a paso para tramitar tu pensión Ley 73 a los 61 años
- Verifica tus semanas cotizadas y tu situación en el IMSS a través de la app IMSS Digital o el portal oficial.
- Descarga o accede a la aplicación Mi Pensión Digital para hacer tu proyección de pensión antes de decidir la edad de retiro.
- Solicita tu baja del régimen obligatorio con tu patrón, si continúas trabajando.
- Reúne los documentos originales y copias: identificación, acta de nacimiento, comprobante de domicilio y CLABE.
- Agenda tu cita en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponde, ya sea desde la app o de forma presencial.
- Acude a tu cita en el área de Control de Prestaciones de la UMF con toda tu documentación.
- Firma tu solicitud de pensión y espera la resolución del trámite.
- Una vez aprobada, tu pensión se depositará mensualmente en la cuenta bancaria que registraste.
Dónde tramitar tu pensión a los 61 años
El trámite de pensión bajo la Ley 73 del IMSS se puede realizar de dos maneras:
- De manera presencial: en el área de Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente al trabajador.
- En línea: a través de la plataforma Mi Pensión Digital del portal oficial del IMSS.
En el caso del trámite digital, aunque el registro puede hacerse por internet, será necesario presentarse en la UMF asignada con la documentación original para concluir el proceso. Si aún no confirmas tu registro básico ante el instituto, revisa primero la guía general para obtener tu seguro del IMSS, el artículo pilar de esta sección.
Costos y tiempos del trámite
| Concepto | Referencia 2026 |
|---|---|
| Costo del trámite | Sin costo, es un derecho del asegurado |
| Tiempo de resolución de la solicitud | Entre 15 y 30 días hábiles aproximadamente, según la UMF |
| Pensión mínima garantizada (Ley 73) | Aproximadamente $10,636.54 mensuales; consulta el monto vigente en el simulador oficial del IMSS |
| Frecuencia de pago | Mensual, mediante depósito a tu cuenta bancaria |
| Aguinaldo del pensionado | Se paga una vez al año, equivalente a 15 días de pensión |
Ventajas y desventajas de jubilarte a los 61 años
- Ventaja: permite retirarte antes y comenzar a recibir un ingreso mensual sin tener que esperar a los 65 años.
- Desventaja: el monto de la pensión se reduce permanentemente al 80%, lo que representa una diferencia económica significativa en el largo plazo.
Cada trabajador debe evaluar su situación económica, su salud y sus planes de vida antes de decidir si le conviene más jubilarse a los 61 o esperar a la pensión completa a los 65 años. Si además cotizaste en el ISSSTE en algún momento de tu vida laboral, puedes consultar cómo combinar ambos regímenes en la guía de pensión IMSS-ISSSTE.
Errores comunes al tramitar la pensión Ley 73
- No verificar las semanas cotizadas antes de solicitar: si te faltan semanas, el trámite se rechaza; revisa tu historial con anticipación.
- Seguir dado de alta en un empleo formal: no puedes recibir la pensión si mantienes una relación laboral activa registrada ante el IMSS.
- Presentar documentos vencidos: el comprobante de domicilio con más de 3 meses de antigüedad es motivo de rechazo en la UMF.
- No actualizar tus datos bancarios: una CLABE incorrecta retrasa el primer depósito de tu pensión.
- Decidir la edad de retiro sin comparar montos: usa la app Mi Pensión Digital para proyectar cuánto recibirías en cada edad antes de tomar la decisión.
Preguntas frecuentes sobre la pensión Ley 73 a los 61 años
¿Cuánto porcentaje de pensión recibo si me jubilo a los 61 años con Ley 73? Recibes el 80% del monto que te correspondería a los 65 años. Esta reducción es permanente durante toda la vida de la pensión.
¿Puedo mejorar el porcentaje de mi pensión después de haberla solicitado a los 61 años? No. Una vez otorgada la pensión bajo el porcentaje correspondiente a tu edad de retiro, el monto no se recalcula ni aumenta después.
¿Necesito estar sin trabajo para solicitar la pensión Ley 73? Sí, debes haber causado baja del régimen obligatorio del IMSS y no tener una relación laboral activa al momento de la solicitud.
¿Cuántas semanas cotizadas necesito para pensionarme bajo Ley 73? Un mínimo de 500 semanas cotizadas registradas ante el IMSS, además de cumplir con la edad y haber cotizado antes de julio de 1997.
¿Qué pasa si empecé a cotizar después de julio de 1997? Te corresponde la Ley 97, con un esquema distinto basado en tu Afore; no puedes acogerte a los porcentajes de la Ley 73.
¿Dónde puedo calcular cuánto recibiría en cada edad de retiro? En la aplicación oficial Mi Pensión Digital del IMSS, donde puedes generar una proyección personalizada antes de decidir cuándo pensionarte.
¿El trámite de pensión Ley 73 tiene algún costo? No, es un derecho del asegurado y el IMSS no cobra por tramitarlo. Desconfía de terceros que ofrezcan “agilizar” el proceso a cambio de un pago.
¿Cuánto tarda el IMSS en resolver la solicitud de pensión? Generalmente entre 15 y 30 días hábiles después de tu cita en la UMF, aunque el tiempo puede variar según la unidad y la validación de tus semanas cotizadas.