¿Recibirán los adultos mayores pensionados del IMSS e ISSSTE un pago de prima vacacional?

Pensión del IMSS

Es el beneficio económico que reciben los trabajadores afiliados al IMSS cuando han alcanzado la edad de retiro, han cotizado el número mínimo de semanas requerido y cumplen con los demás requisitos establecidos por la Ley del Seguro Social. La pensión del IMSS se calcula en función del salario promedio del trabajador durante los últimos cinco años de cotización y la duración de sus años de servicio.

Pensión del ISSSTE

beneficio económico que reciben los trabajadores del sector público en México, como empleados de gobierno y maestros, cuando cumplen con los requisitos para su jubilación o retiro. Para acceder a la pensión del ISSSTE, los trabajadores deben haber cotizado un número mínimo de años y alcanzar la edad de retiro establecida por la legislación vigente. Al igual que en el IMSS, la pensión del ISSSTE se calcula en función del salario promedio y la antigüedad laboral del trabajador.

En México, tanto los trabajadores asegurados en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) reciben, al llegar las vacaciones, un beneficio conocido como prima vacacional. Esta prima vacacional equivale al 25% de su salario asignado y puede ser utilizada durante el periodo de descanso vacacional. Se otorga a los trabajadores cuando toman sus vacaciones o al cumplir un año de labor.

Sin embargo, en el caso de los adultos mayores que están pensionados y ya no forman parte de la fuerza laboral, no se espera que reciban un saldo adicional en su octavo depósito de pensión de este año. Esto se debe a que, al estar jubilados, ya no califican para recibir la prima vacacional u otros beneficios adicionales programados para los trabajadores en activo.

Durante la temporada vacacional, los pensionados del IMSS e ISSSTE cuentan con ciertas prestaciones aseguradas. Estas incluyen el aguinaldo, consultas médicas y medicamentos mensuales, así como líneas de crédito, actividades culturales, deportivas y recreativas, capacitación para el trabajo y adiestramiento técnico, y acceso a centros vacacionales y velatorios.

En cuanto a los pagos de pensión, para el octavo depósito correspondiente, no se han anunciado cambios o adelantos en las fechas habituales. Los pensionados deberán esperar a las fechas indicadas por cada dependencia. Para el IMSS, se realizará aproximadamente el martes 1 de agosto, mientras que el ISSSTE efectuará el depósito el próximo viernes 28 de julio. Es importante estar atentos a cualquier comunicado oficial en caso de que existan modificaciones en las fechas de pago.

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