¡Qué es RESICO? Una nueva forma de tributar para las Mipymes en México

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un nuevo régimen fiscal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que entró en vigor en enero de 2022. Este régimen está diseñado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) en México.

¿Quiénes pueden tributar en RESICO?

  • Personas físicas con actividad empresarial, servicios profesionales o actividades primarias (AGAPES) que tengan ingresos anuales menores a $3.5 millones de pesos.
  • Personas morales que no estén asociadas a otras personas morales y que tengan ingresos anuales menores a $35 millones de pesos.

Beneficios de RESICO:

  • Tasas de ISR progresivas: Se paga menos impuesto sobre la renta (ISR) quien menos gana. La tasa va del 1% al 2.5% sobre los ingresos efectivamente facturados y cobrados.
  • Facilidades administrativas: No se requiere llevar contabilidad formal, ni presentar declaraciones informativas, ni realizar pagos provisionales.
  • Cálculo automático de impuestos: El SAT pone a disposición un aplicativo que calcula automáticamente el ISR a pagar.
  • Beneficios adicionales: Se pueden obtener descuentos en el pago de derechos por servicios del SAT y acceso a créditos con tasas preferenciales.

¿Cómo puedo darme de alta en RESICO?

  • Personas físicas: Presentar un Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones en el Portal del SAT.
  • Personas morales: Presentar un Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones en el Portal del SAT, así como un escrito en el que se manifieste la elección del RESICO.

31 fecha limite para cambiar a RESICO

El SAT informó hoy que las empresas con ingresos anuales de hasta 35 millones de pesos tienen plazo hasta el 31 de enero para notificar su decisión de tributar bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Cambios durante el ejercicio fiscal no serán posibles.

El RESICO ofrece beneficios como el pago de ISR sobre ingresos efectivamente cobrados, deducciones de inversiones, prellenado de declaraciones de ISR, y exención de presentar DIOT y contabilidad electrónica.

Para realizar el cambio al régimen simplificado, las empresas deben presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones en el portal del SAT. Esto implica seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar al portal del SAT (https://www.sat.gob.mx/home).
  2. Seleccionar la modalidad de “Empresa” y luego ir a “Trámites RFC”.
  3. Ampliar el menú de “Actualización de RFC”, hacer clic en “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de tu empresa”.
  4. Iniciar sesión con RFC y contraseña o e.firma.
  5. Llenar el formulario con la información solicitada y confirmarla.
  6. Imprimir o guardar el “Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal”.

También se puede realizar a través de un caso de “Servicio o solicitudes” desde “Mi portal” seleccionando el trámite “AVISO_RSC_PM” y adjuntando los requisitos establecidos en el artículo Transitorio Vigésimo de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, según indicó la autoridad tributaria.

El RESICO está diseñado para personas morales con residencia en México, constituidas por personas físicas, cuyos ingresos anuales no superen los 35 millones de pesos.

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