El aguinaldo 2026 es la prestación de fin de año que por ley debe recibir cualquier persona con una relación laboral en México, sin importar el tipo de contrato, el puesto o el tiempo que lleve trabajando. Cada diciembre surgen las mismas dudas: cuánto corresponde como mínimo, cómo se calcula si no trabajaste el año completo y qué hacer si la empresa se retrasa o simplemente no paga.
Aquí encontrarás la fórmula exacta para calcular tu aguinaldo, las fechas límite que marca la ley, los montos mínimos según el salario mínimo vigente en 2026, y los pasos a seguir si tu patrón no cumple con esta obligación.
¿Qué es el aguinaldo y por qué es obligatorio?
El aguinaldo es una prestación económica anual que todo patrón debe entregar a sus trabajadores antes de que termine el año. No es un bono discrecional ni un premio por buen desempeño: es un derecho laboral irrenunciable establecido en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), y su incumplimiento puede ser sancionado por la autoridad laboral.
Aplica para trabajadores con contrato indeterminado, contrato por tiempo u obra determinada, personal de planta, eventuales, y también para quienes trabajan por honorarios asimilados a salarios cuando existe subordinación real. El único requisito para recibirlo es haber prestado un servicio, aunque sea por unos días.
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?
| Tipo de trabajador | ¿Tiene derecho? | Notas |
|---|---|---|
| Planta, contrato indefinido | Sí | Aguinaldo completo si laboró el año entero |
| Eventual o por obra determinada | Sí | Proporcional a los días trabajados |
| Trabajadoras del hogar | Sí | Desde la reforma de 2019, con las mismas reglas que cualquier trabajador |
| Practicantes o becarios con relación laboral | Sí, si hay subordinación y pago | No aplica si es una beca sin relación laboral formal |
| Trabajadores del sector público (federal) | Sí | Reciben 40 días de salario, pagados en dos partes |
| Personas dadas de baja antes de diciembre | Sí | El aguinaldo proporcional se incluye en el finiquito |
Quienes prestan servicios profesionales independientes bajo un contrato mercantil, sin subordinación ni horario fijo, no tienen derecho al aguinaldo, ya que no existe una relación laboral reconocida por la LFT.
Cómo se calcula tu aguinaldo paso a paso
- Ubica tu salario diario. Si te pagan por mes, divide tu sueldo mensual entre 30. Si tienes salario mixto (fijo más comisiones), se toma el promedio de las percepciones de los últimos meses trabajados.
- Confirma los días de aguinaldo que te corresponden. Por ley son mínimo 15 días. Revisa tu contrato individual o el contrato colectivo de trabajo (CCT), ya que muchas empresas otorgan 20, 30 o más días como prestación superior a la ley.
- Verifica cuántos días trabajaste en el año. Cuenta desde tu fecha de ingreso (o desde el 1 de enero si ya laborabas antes) hasta el 31 de diciembre, o hasta tu fecha de baja si dejaste el empleo antes.
- Aplica la fórmula si el año no fue completo. Aguinaldo proporcional = (días de aguinaldo ÷ 365) × días trabajados en el año × salario diario. Por ejemplo, con 15 días de aguinaldo, 200 días trabajados y salario diario de $400: (15 ÷ 365) × 200 × 400 = $3,287.67 pesos aproximadamente.
- Resta el ISR si tu aguinaldo supera el monto exento. El excedente sobre 30 UMAs diarias se acumula a tu percepción del mes y se grava conforme a la tarifa del Artículo 96 de la Ley del ISR; tu empresa hace esta retención automáticamente en la nómina.
- Verifica la fecha y la forma de pago. Debe reflejarse en tu recibo de nómina (CFDI) con el concepto de aguinaldo por separado, nunca mezclado como si fuera salario ordinario.
Montos y fechas del aguinaldo 2026
| Concepto | Detalle 2026 |
|---|---|
| Fecha límite de pago (sector privado) | 20 de diciembre de 2026 |
| Fecha límite (gobierno federal) | 15 de diciembre (20 días) y 15 de enero de 2027 (20 días restantes) |
| Días mínimos por ley | 15 días de salario |
| Salario mínimo general diario 2026 | $315.04 pesos |
| Salario mínimo Zona Libre Frontera Norte 2026 | $440.87 pesos |
| Aguinaldo mínimo (zona general, salario mínimo) | $4,725.60 pesos (15 × $315.04) |
| Aguinaldo mínimo (frontera norte, salario mínimo) | $6,613.05 pesos (15 × $440.87) |
| UMA diaria 2026 | $117.31 pesos |
| Monto exento de ISR (30 UMAs) | Aproximadamente $3,519.30 pesos |
Estos montos son un piso legal calculado sobre el salario mínimo; si tu sueldo es mayor, tu aguinaldo también lo será proporcionalmente. Consulta el monto exacto vigente y cualquier actualización en el portal oficial de la STPS o con tu área de nómina.
Errores comunes y qué hacer si no te pagan a tiempo
- “Me pagaron el aguinaldo mezclado con el aguinaldo, sin desglose.” Pide tu recibo de nómina (CFDI) con el concepto separado. Es tu comprobante legal en caso de reclamo.
- “Renuncié en octubre y me dijeron que no me toca.” Falso: el aguinaldo proporcional se calcula sobre los días efectivamente trabajados y debe incluirse en tu finiquito, sin importar si renunciaste, te despidieron o terminó tu contrato.
- “La empresa dice que como estoy de prueba, no tengo derecho.” El periodo de prueba no elimina el derecho al aguinaldo; solo se calcula proporcional a los días trabajados.
- “No me han pagado y ya pasó el 20 de diciembre.” Primero solicítalo por escrito a Recursos Humanos, guardando copia. Si no hay respuesta, acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría y conciliación gratuitas, ya sea en sus oficinas, por teléfono (01 800 71 72 942) o por correo a [email protected].
- “Me pagaron menos de lo que calculé.” Revisa si tu empresa usó tu salario base o tu salario integrado, y si consideró correctamente tus días trabajados. Un error común es que no incluyan las comisiones o percepciones variables en el promedio.
- Multas al patrón. Quien no paga el aguinaldo se expone a sanciones de 50 a 5,000 UMA (entre aproximadamente $5,865 y $586,550 pesos), según la gravedad y el tamaño de la empresa.
Casos especiales
Si te despidieron o renunciaste antes de diciembre: el aguinaldo proporcional se incluye obligatoriamente en tu finiquito, junto con vacaciones y prima vacacional pendientes.
Trabajadoras del hogar: tienen derecho pleno al aguinaldo desde la reforma que las incorporó al régimen del IMSS; el empleador debe pagarlo igual que cualquier otra relación laboral.
Sector público federal: los trabajadores al servicio del Estado reciben 40 días de salario en lugar de 15, divididos en dos exhibiciones (antes del 15 de diciembre y a más tardar el 15 de enero del año siguiente).
Trabajadores con incapacidad médica durante el año: los días de incapacidad por enfermedad general normalmente sí cuentan como tiempo laborado para efectos del aguinaldo, ya que la relación laboral continúa vigente.
Doble aguinaldo: algunas empresas otorgan más de 15 días como prestación superior a la ley o por contrato colectivo. Si tu empresa no lo ofrece, no puedes exigirlo salvo que esté pactado; consulta la guía completa sobre el doble aguinaldo y sus requisitos para entender en qué casos aplica.
Preguntas frecuentes
¿El aguinaldo es obligatorio para todas las empresas? Sí. El Artículo 87 de la LFT lo establece como una prestación mínima obligatoria para cualquier patrón, sin importar el tamaño de la empresa o el giro al que se dedique.
¿Qué pasa si trabajé menos de un mes? Tienes derecho al aguinaldo proporcional a los días que trabajaste, aunque hayan sido solo unos cuantos días. No existe un mínimo de antigüedad para generarlo.
¿El aguinaldo cuenta como parte del salario para calcular otras prestaciones? No. El aguinaldo es una prestación independiente y no se suma al salario diario para calcular vacaciones, prima vacacional o cotización ante el IMSS.
¿Puedo recibir mi aguinaldo antes del 20 de diciembre? La ley marca esa fecha como límite, pero algunas empresas lo pagan antes, incluso en noviembre, como política interna. Nunca puede pagarse después del plazo legal.
¿El aguinaldo paga impuestos? Solo la parte que excede 30 UMAs diarias (aproximadamente $3,519.30 pesos en 2026). El excedente se grava conforme a la tarifa de ISR aplicable a tu ingreso mensual.
¿Qué documentos necesito para reclamar mi aguinaldo ante PROFEDET? Identificación oficial, comprobantes de tu relación laboral (contrato, recibos de nómina, credencial de empleado) y cualquier evidencia de que no te pagaron, como capturas de conversaciones con tu empleador.
¿El aguinaldo se paga si estoy incapacitado por el IMSS al momento del pago? Sí, el derecho al aguinaldo no depende de que estés físicamente laborando el día del pago, sino de los días trabajados durante el año dentro de tu relación laboral vigente.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un aguinaldo no pagado? La prescripción para reclamar prestaciones laborales es de un año a partir de que el derecho pudo exigirse, es decir, a partir del 21 de diciembre del año correspondiente.