Ícono del sitio Tramita.mx

SAT lanza nueva plataforma para declarar la DIOT: esto deben saber los contribuyentes

SAT lanza nueva plataforma para declarar la DIOT

Desde el 1 de agosto de 2025, todos los contribuyentes obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) deberán hacerlo exclusivamente a través de un nuevo sistema digital habilitado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Esta herramienta sustituye al esquema anterior y busca facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales, particularmente en lo que respecta al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

¿Qué es la DIOT y por qué es importante?

La DIOT es una declaración mensual obligatoria en la que las personas físicas y morales informan al SAT sobre las operaciones que hayan realizado con sus proveedores, incluyendo datos relacionados con el traslado, acreditamiento o retención del IVA.

Esta información le permite a la autoridad fiscal tener una mayor vigilancia sobre el cumplimiento de las disposiciones en materia de IVA, al comparar los datos entre proveedores y clientes.

¿Quiénes están obligados a presentar la DIOT?

Cualquier persona o empresa que realice actividades económicas gravadas con IVA debe presentar esta declaración, sin importar su régimen fiscal. La única excepción son aquellos contribuyentes que estén exentos por disposiciones específicas.

Algunos ejemplos de quienes deben presentar la DIOT:

En el caso de las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, la obligación es semestral.

¿Qué mejoras trae la nueva plataforma de la DIOT?

El SAT ha señalado que el nuevo sistema permitirá agilizar el proceso y facilitar el cumplimiento. Algunas de las principales características son:

Además, este nuevo sistema permitirá presentar declaraciones correspondientes a 2024 o años anteriores, en caso de que estén pendientes o se requiera una corrección.

¿Cómo se accede a esta plataforma y qué se necesita?

Para enviar la declaración DIOT, los contribuyentes deben ingresar al siguiente enlace oficial:

👉 https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx

El acceso requiere de la Contraseña del SAT o la e.firma, especialmente cuando se trata de personas morales.

En caso de que necesites consultar guías de llenado actualizadas o reimprimir acuses de años anteriores (cuando se usaba el sistema anterior), puedes hacerlo desde el Portal del SAT en sus secciones correspondientes.

¿Por qué se realiza este cambio?

El SAT informó que este nuevo sistema forma parte de su compromiso con la digitalización de trámites fiscales, la simplificación administrativa y el fortalecimiento de la fiscalización a través de herramientas tecnológicas más eficientes y accesibles.

Salir de la versión móvil