Tomar la decisión de jubilarse nunca es sencillo. Para muchos trabajadores que cotizaron en el IMSS bajo la Ley 73, llega el momento de preguntarse si conviene retirarse en cuanto cumplen 60 años o si es mejor esperar hasta los 65.
La diferencia parece pequeña en edad, pero económicamente puede ser un cambio enorme en la pensión que recibirás por el resto de tu vida.
Por eso, el IMSS ha compartido lineamientos y requisitos claros que permiten a cada persona evaluar cuál es el mejor momento para iniciar este proceso. Si estás en esta situación, aquí te explicamos paso a paso lo que debes saber.
¿Qué opciones tienes para pensionarte bajo la Ley 73?
El sistema de pensiones contempla dos modalidades principales:
- Cesantía en Edad Avanzada: se puede solicitar desde los 60 años cumplidos.
- Pensión por Vejez: corresponde a partir de los 65 años.
La clave está en que si te retiras antes de los 65, no recibirás el 100% de tu pensión, sino solo un porcentaje que va aumentando conforme sube tu edad.
Los porcentajes establecidos por el IMSS son:
- 60 años: 75% del salario promedio.
- 61 años: 80%.
- 62 años: 85%.
- 63 años: 90%.
- 64 años: 95%.
- 65 años: 100% (Pensión por Vejez).
Esto significa que jubilarse a los 60 implica perder una cuarta parte de la pensión de por vida, mientras que esperar unos años más garantiza un ingreso mayor.
Requisitos para pensionarte con la Ley 73
No basta con cumplir la edad. El IMSS pide que se cumplan ciertos requisitos:
- Tener mínimo 60 años (cesantía) o 65 años (vejez).
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social.
- No estar trabajando al momento de iniciar el trámite.
- Haber cotizado antes del 30 de junio de 1997, fecha en la que cambió la ley.
- Contar con 500 semanas de cotización registradas como mínimo.
- Mantener derechos vigentes o estar dentro del periodo de conservación de derechos.
Si cumples con estos puntos, ya puedes comenzar el proceso para pedir tu pensión.
Documentos que solicita el IMSS
Al momento de hacer la gestión, deberás presentar:
- Identificación oficial vigente con fotografía.
- Comprobante de domicilio reciente (no mayor a 3 meses).
- Documento bancario con número de cuenta y CLABE a tu nombre.
- Copia certificada del acta de nacimiento.
- Documentos de tus beneficiarios (acta de matrimonio o de nacimiento de los hijos, en caso de aplicarse).
Estos papeles son la base para validar tu identidad y para que el IMSS pueda iniciar el cálculo de tu pensión.
Dónde se realiza el trámite
El proceso se puede llevar a cabo en dos modalidades:
- Presencial: debes acudir al área de Control de Prestaciones de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF)correspondiente. Ahí recibirás la orientación y validarán tus documentos.
- En línea: puedes iniciar a través de la plataforma Mi Pensión Digital disponible en el portal oficial del IMSS. Aunque empieces de manera digital, la entrega de documentos originales se debe completar en tu UMF para finalizar el trámite.
Consejos prácticos antes de jubilarte
- Revisa tus semanas de cotización: antes de iniciar el trámite asegúrate de que el IMSS tenga correctamente registradas tus semanas. Lo puedes consultar en el portal del IMSS.
- Evalúa tus ingresos: si necesitas el dinero de inmediato, jubilarte a los 60 puede ser opción, pero si puedes esperar, los porcentajes de 63 o 64 años pueden darte un ingreso más estable.
- Consulta con un asesor: existen despachos y especialistas en seguridad social que pueden ayudarte a calcular tu pensión y ver si te conviene esperar o iniciar el proceso.
- Considera tu salud: no todo es dinero. Si tu estado físico ya no te permite seguir trabajando, la cesantía en edad avanzada puede ser el camino correcto.
La jubilación es un derecho ganado con años de trabajo y esfuerzo. Bajo la Ley 73 del IMSS, tienes la posibilidad de decidir el momento exacto en que deseas dar ese paso, siempre que cumplas con los requisitos.
Si bien jubilarse a los 60 años significa recibir menos dinero al mes, puede representar un alivio para quienes ya no desean seguir laborando. Por otro lado, esperar hasta los 65 asegura el 100% de la pensión.
La decisión es personal, pero lo más importante es que la tomes con información completa, que revises tus semanas de cotización y que prepares con anticipación toda la documentación para que tu trámite sea sencillo y sin contratiempos.